31/03/2023

Los acusaron por violación seguida de homicidio, pero cuestionan evidencia

La familia y la defensa de dos jóvenes imputados por presuntamente haber abusado e inducido al suicidio a una hermana aportaron evidencia científica para descalificar la carátula.

La Cámara 6º del Crimen de Córdoba será la encargada de llevar a juicio a dos hermanos de la localidad de Colonia Vicente Agüero, vecina de Jesús María y Colonia Caroya, que están acusados de haber abusado sexualmente e inducido al suicidio a una de sus medias hermanas.

Sin embargo, la familia y la defensa de los jóvenes se valieron del expediente para mostrar lo que entienden son inconsistencias de la acusación, revelando específicamente el peritaje forense.

La preocupación de la familia es que la acusación actual en contra de los jóvenes hermanos tiene como pena la prisión perpetua: 35 años de cumplimiento efectivo.

“Tenemos pruebas de que los chicos son inocentes, que no han hecho la atrocidad que dicen. Lamentablemente la gente habla sin saber y hace comentarios que lo único que han hecho ha sido perjudicar a mis hijos. No tienen nada que ver con lo que se les está acusando”, señaló la madre de los dos jóvenes.

El abogado Paulo Suárez fue categórico al cuestionar la carátula de la causa: “La imputación se encuentra con constancias probatorias que la contradicen. La figura más grave que se les atribuye es el delito de violación seguido de muerte. Sin embargo, la prueba de la causa -en particular los exámenes forenses y los peritajes médico-genitales- descartan el acceso carnal por cualquiera de las vías”.

El informe firmado por uno de los médicos forenses de los Tribunales de Jesús María detalla que el himen de la menor estaba sano y que no había señales de desgarro ni de dilatación.

“Desde el punto de vista –agregó Suárez- del Derecho Penal y del Derecho Procesal Penal lleva a descartar la figura de violación. Y no es una opinión, es evidencia científica. Si un peritaje médico-legal dice que no hay lesiones genitales en ninguna de las vías, entonces el acceso carnal no está acreditado ni se va a acreditar. Es decir que no existió el delito de violación y eso está clarísimo porque está en el expediente”.

También se caería, en ese caso, la figura del homicidio porque va estrechamente relacionado con el de los abusos sexuales con acceso carnal. La acusación entiende la muerte como consecuencia del abuso.

La lectura del expediente habilita, además, otra consideración. Allí, la madre de la niña de ocho años que se quitó la vida detalla una serie de comportamientos impropios de los hermanos –compatibles con la figura del abuso sexual simple- pero los sitúa cuatro años antes de los trágicos sucesos.

Ella asegura que nunca más dejó solas a sus hijas con sus medios hermanos. Las ocurrencias de esos presuntos abusos datan de 2015 cuando la niña tenía cuatro años.

“Si pasaron esos hechos, fueron en una fecha en la que los imputados que son mis defendidos tendrían 13 y 15 años con lo cual eran inimputables. Son cuestiones que no son menores. Al no haber adquirido la mayoría de edad, la Convención Internacional de los derechos del niño prohíbe imponerles la pena de prisión perpetua”, refirió ahora el abogado.

A la espera del juicio

“Desde un principio dije que si mis hijos habían cometido algo tan grave que lo pagaran con el peso de la ley, pero desde un principio negaron haber hecho esto y dijeron que los estaban acusando falsamente. Hoy, podemos mostrar las pruebas e ir con la verdad a la Justicia para que evalúe todo”, reclamó la madre de los acusados.

La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba ordenó que en un plazo máximo de seis meses se finalicen los actos preliminares del debate, se recepcione la prueba, se produzca el debate y se dicte sentencia. Pero los dos acusados permanecerán con prisión preventiva hasta el juicio.

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