06/06/2023

Hubo condenas a prisión por la matanza de perros de Deán Funes, tras un juicio inédito

El juicio tuvo que realizarse en dos oportunidades y nueve años más tarde de que se produjeran los hechos con los que la ciudad alcanzó notoriedad nacional.

La Asociación Protectora de Animales de Deán Funes, feliz con el juicio. Foto: La Voz del Interior

Por primera vez en la Justicia Argentina un grupo de personas resulta condenada no sólo por los alcances de la conocida “Ley Sarmiento” de protección de los animales sino también por los cargos de daño.

Y es que, por unanimidad, la Cámara del Crimen de Octava Nominación formuló una condena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo y cinco condenas a tres años de prisión en suspenso.

La pena mayor fue para Germán Darío Facchín, exsecretario de Gobierno que en 2013 ocupó temporalmente la intendencia de Deán Funes.

Se lo halló culpable de los cargos de “instigador penalmente responsable de los delitos de daño calificado –reiterado- e infracción a la ley 14346 por malos tratos y actos de crueldad a los animales (ley Sarmiento) ‑reiterado-, ambos en concurso ideal”.

Y las penas menores fueron para los agentes municipales Diego Oscar Allendes, Juan Santos Márquez, Darío Mercedes Palomeque, Pablo Daniel Palomeque y Roque Enrique Quinteros Nievas, en carácter de coautores de los mismos cargos que Facchín.

Por su parte, Francisco del Valle Palomeque, quien había sido beneficiado durante los alegatos de los acusadores y del querellante particular, terminó absuelto.

Segundo round

La llamada matanza de perros de Deán Funes tuvo su primer capítulo en 2019, en un polémico juicio que concluyó con la absolución de Facchín por el beneficio de la duda, situación que fue apelada por el fiscal Gustavo Arocena.

La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) resolvió revocar la resolución dictada por la Cámara 12ª del Crimen de Córdoba en julio de 2019 y ordenó la realización de un nuevo juicio.

Los vocales del TSJ Sebastián Cruz López Peña, Aída Tarditti y María Marta Cáceres de Bollati detallaron en forma pormenorizada en los fundamentos por qué descartaban el beneficio de la duda con que se había exonerado a Facchín durante el juicio oral y coincidieron en que la prueba no fue correctamente ponderada por los camaristas.

Pedro Despouy Santoro, el abogado de la querella. Foto: La Voz del Interior

Los antecedentes

La acusación indicó que en móviles de la comuna se repartieron albóndigas de carne mezcladas con un potente agroquímico que terminó por matar “oficialmente’ a 211 perros, por lo que se alcanzó a censar desde el municipio, además de pájaros, gatos y otros animales.

Incluso, una niña de 7 años tuvo que ser trasladada a Córdoba para ser atendida con un cuadro grave.
También trascendió en el debate que algunos de los acusados colocaron el veneno sin usar barbijo y también habrían padecido consecuencias.

Los condenados, tras el fallo. Foto: La Voz del Interior

Condena unánime

El segundo juicio se realizó con la fiscalía de Cámara de Gustavo Arocena, y la querella de Pedro Despouy Santoro en representación de la asociación civil Protectora de Animales de Deán Funes.

Los vocales Eugenio Pérez Moreno, Juan Manuel Ugarte y Marcelo Jaime decidieron por unanimidad las inéditas condenas, en un fallo que sentará precedente, mientras se debaten proyectos legislativos para actualizar el maltrato animal.

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