06/06/2023

Fallaron a favor de extrabajadores de Súper Uno, tras el cierre de 2018

La Sala 7ª de la Cámara Única del Trabajo de la Ciudad de Córdoba hizo lugar en forma parcial a la demanda por despidos injustificados y no aceptó que los socios de la S.A respondan con sus bienes.

La Sala 7ª de la Cámara Única del Trabajo de la Ciudad de Córdoba se expidió en favor de varios de los 63 exempleados de la firma Súper Uno S.A de Colonia Caroya, quienes habían demandado a la empresa tras quedar cesantes en noviembre de 2018.

Además del reclamo en contra de la Sociedad Anónima, los extrabajadores demandaron a los socios y administradores de la firma para que respondan con sus bienes personales, pero ese tramo de la demanda no fue aceptada por la Cámara.

El cierre de las dos bocas de expendio supermercadista y de la distribuidora de combustible de YPF con el que abastecían a un amplio sector del campo no implicó el cierre de la S.A que sigue operativa y que tiene al menos tres inmuebles como parte de su patrimonio.

En el fallo que se conoció esta semana, la Cámara Laboral hizo lugar al capital demandado más los intereses correspondientes a estos casi cinco años. Además, reconoció que los despidos estuvieron infundados y que fueron arbitrarios.

Satisfacción parcial

El abogado Daniel Barco que representó a los trabajadores se mostró satisfecho con la resolución de la Cámara: “La sentencia habla de la orfandad probatoria de la demandada y que no pudo demostrar las causales invocadas en los despidos. Hay otros exempleados que con otro patrocinio están esperando una resolución similar”.

“Mis clientes tomaron esta resolución con satisfacción, pero también con preocupación porque es una lucha que no cesa, que continúa, si tenemos en cuenta los tiempos de la Justicia, y del tiempo que llevó el reclamo ante el Ministerio del Trabajo. Ellos intentan buscar el punto final a esta cuestión, pero la verdad es que estamos lejos de llegar a eso”, añadió el abogado que patrocina a esos exempleados.

De quedar firme el fallo, podrán presentarlo en el concurso preventivo de crisis y solicitar la liquidación de las indemnizaciones para lo cual habrá que analizar si es necesario liquidar alguno de los bienes inmuebles para cumplir con los montos establecidos en la sentencia.

Entre los ganadores de esta instancia, hay varios que no pudieron reinsertarse porque al momento del despido tenían una edad poco requerida en el mercado laboral y otro tramo se reinsertó en el mercado, aunque de manera precaria.

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