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Edición N.º 527

17 de mayo de 2021

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Fotos de esta edición (4)

Notas publicadas esa semana (4)

Causa Magliano | Para la fiscal, además de "ladrones" y "estafadores", eran una banda

20 de mayo de 2021 · Judiciales; abigeato; asociacion ilicita; estafa; luis magliano; mariela bitar de papa; robo de ganado mayor

En coincidencia con el pedido de la querella que reclamó, desde un primer momento, que a los detenidos por el mega robo de ganado se los considere integrantes de una asociación ilícita, la fiscal Mariela Bitar de Papa decidió ampliar las imputaciones originales de los cinco detenidos y considerarlos partes indispensables de una organización delictiva. Es decir, no sólo los considera presuntos autores de los delitos de estafa, robo de ganado mayor, encubrimiento agravado, y partícipe necesario sino que fue un paso más allá y decidió añadirles la nueva carátula como parte de una asociación ilícita. Para la fiscal, Luis y Joaquín Magliano, Damián Manzanelli, Juan Pablo Miretti, y José Demicheli formaban parte de la misma "banda" criminal que hizo desaparecer 4585 cabezas de ganado que les pertenecía a las firmas Haciendas San Eugenio, El Tránsito, El 38, y La Permanencia. De hecho, cuando ayer declaró como imputado el empresario ganadero José Demicheli -el último en ser detenido- lo hizo bajo esta nueva carátula. Demicheli volvió a negar las acusaciones que pesan en su contra y reiteró que se trata de un “comprador de buena fe”. El titular de ADBlick fue asistido por sus abogados Lautaro Peralta Galván, Lucas Vieyra Ortiz y Guillermo Rivarola.

José Demicheli estuvo prófugo desde el 23 de abril hasta la semana pasada y declaró como imputado este miércoles

Lo que los abogados querellantes de las cuatro empresas que se consideran damnificadas por Oleos del Centro (la empresa de Luis Magliano) no lograron todavía es que se le quite la condición de querellante a la familia Alperovich, en cuyos campos se econtraron 1100 de los 1500 animales recuperados durante la investigación y los allanamientos realizados. Alrededor de 3100 animales, que tienen un valor promedio de mercado de $ 130 millones, todavía no pudieron ser recuperados y con el correr de los meses se va desvaneciendo la expectativa de que puedan hallarse en pie. El Juzgado de Instrucción de la 7ª Nominación de la ciudad de Córdoba viene tramitando el concurso preventivo de la empresa de Luis Magliano, Oleos del Centro, desde el 29 de diciembre del año pasado. Todos los acreedores de Óleos del Centro tienen hasta el 4 de junio para presentar sus pedidos de verificación y títulos probatorios de las acreencias que consideren tienen a su favor. Aunque falta mucho para hacer el recuento total de acreencias en contra de Óleos del Centro, se especula con que podría haber unos 140 damnificados, por un monto que va de 700 millones a 1.000 millones de pesos.

Desde este viernes, habrá tres centros de testeo simultáneos en Jesús María

20 de mayo de 2021 · Covid-19; Jesús María; burbujas escolares; centro de testeo; contactos estrechos; coronavirus; pacientes sintomaticos; pandemia; testeo masivo

Desde este viernes y en forma simultánea funcionarán tres centros de testeo en Jesús María: uno en el Festival de Doma y Folklore, otro en el Hospital Vicente Agüero, y el tercero en el Nido de barrio La Costanera, en avenida Biondi 655. Sin embargo, cada uno de ellos tendrá una función específica. La apertura de los nuevos centros responde a la creciente demanda de la población en consonancia con una curva peligrosamente creciente de casos positivos de Covid-19. La intención es reducir tiempos de espera y agilizar el operativo, con una nueva modalidad atención. Cada vecino que tenga que testearse debe dirigirse a uno de estos centros de acuerdo a su situación ya que la atención no será indistinta:

Si se trata de contactos estrechos de positivos convivientes y no convivientes; o de personas que tienen que realizarse cirugías o que regresan de un viaje, tienen que testearse en la Base Operativa de Testeos del Anfiteatro José Hernández, de lunes a sábados, de 8:30 a 16, por orden de llegada.

Para el caso de las burbujas escolares y comunidades de grandes superficies como establecimientos industriales, comerciales o académicos, tienen que dirigirse a la Base Operativa de Testeos del Nido Costanera, de lunes a viernes, de 8:30 a 13:30, por orden de llegada.

Para pacientes con síntomas, el testeo se realizará en la Base Operativa de Testeos del Hospital Regional Vicente Agüero. Allí, se realizan hisopados durante las 24 horas por la guardia de febriles (ingreso por calle Vicente Agüero) y se refuerza la atención de lunes a viernes, de 9 a 12, en la carpa anexa montada sobre calle Vicente Agüero. Es fundamental que los vecinos respeten este esquema y se dirijan al punto indicado según el motivo, a los fines de agilizar la atención y brindar mayor tranquilidad al momento de asistir. Desde la Municipalidad se solicita a quienes tengan la posibilidad de hacerlo, que concurran al Centro de Testeos, con la Solicitud de Testeo impresa, completa, y con DNI. La misma está disponible en este enlace http://bit.ly/SolicitudTesteoJM. Esto permitirá que el pedido de información de los datos personales de cada ciudadano sea más rápido.

Confinamiento estricto: ¿Qué se impide y se prohíbe en nuestra zona?

22 de mayo de 2021 · Covid-19; confinamiento estricto; coronavirus; crisis sanitaria; cuarentena; curva de contagios; pandemia; pico de contagios

Jesús María, Colonia Caroya y Sinsacate resolvieron acatar rigurosamente los términos del Decreto 334 de Necesidad y Urgencia dictado por el Poder Ejecutivo Nacional y que establece un confinamiento estricto desde este sábado y hasta el domingo 30 de mayo y que incluye el fin de semana del 5 y 6 de junio. El decreto establece que aquellos lugares considerados “en situación de alarma epidemiológica y sanitaria” tendrán que aplicar una serie de medidas para detener el aumento de contagios de Covid-19.

Queda suspendida la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales. Los trabajadores, cuando sea posible, deberán realizar sus tareas bajo la modalidad de teletrabajo.

La gastronomía sólo podrá funcionar bajo la modalidad delivery desde las 6 a la medianoche y take away/venta al paso hasta las 18.

La circulación nocturna queda restringida desde las 18 hasta las 6 del día siguiente.

Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y otros artículos de necesidad en los comercios esenciales y para retiro de compras autorizadas por este decreto, siempre en cercanía a sus domicilios.

Las reuniones se mantienen prohibidas, tanto en espacios abiertos como cerrados. Colonia Caroya, Sinsacate y Jesús María acordaron que podrá haber circulación entre ellas, habida cuenta de la estrecha interrelación que tienen las tres comunidades.

Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular. En ningún caso se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite de los tres municipios de nuestra región. Para la realización de este tipo de salidas no será necesario contar con autorización para circular. Los núcleos familiares convivientes podrán realizar estas actividades sin que se considere una infracción al decreto.

Los comercios “no esenciales” pueden abrir sus puertas y entregar mercadería, pero no está permitido el ingreso de público a los locales.

Exceptuados con certificado

Todas las personas exceptuadas de la prohibición de circular, deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19” que las habilite a circular. Puede obtenerse en www.argentina.gob.ar/circular o a través de la app CuidAR. Los desplazamientos de las personas exceptuadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada.

Autorizados para circular y usar transporte público

Quedan exceptuadas de las restricciones y están autorizadas al uso del transporte público de pasajeros las personas que realizan las siguientes actividades y servicios:

Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de Caba; trabajadores del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y de Caba, convocados por las respectivas autoridades.

Miembros del Poder Legislativo y las dotaciones de personal que dispongan sus autoridades respectivas.

Integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y las dotaciones de personal del Poder Judicial de la Nación que dispongan las autoridades correspondientes.

Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y personal de los organismos internacionales acreditados ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.

Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.

Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos

Personal afectado a la obra pública y a tareas de seguridad en demoliciones.

Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

Actividades vinculadas a la cadena de valor e insumos de la industria de la alimentación; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y pesca.

Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil; servicios digitales y las actividades de mantenimiento de servidores.

Actividades vinculadas con el comercio exterior.

Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

Servicios de lavandería.

Servicios postales y de distribución de paquetería.

Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BCRA autorice. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos. Las autoridades de la Comisión Nacional de Valores podrán autorizar la actividad de una dotación mínima de personal y la de sus regulados en caso de resultar necesario.

Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garajes y estacionamientos con dotaciones mínimas.

Inscripción, identificación y documentación de personas, en los términos de la Decisión Administrativa N° 450/20, artículo 1°, inciso 8.

Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad.

Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Guardias médicas y odontológicas. Atención médica y odontológica programada con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

Traslado de niños, niñas y adolescentes para vinculación familiar, en los términos de la Decisión Administrativa N° 703/20.

Personal de la Anses en los términos de la Decisión Administrativa N° 810/20, artículo 2°, inciso 1. Personal de aduanas.

Personas que deban concurrir a vacunarse con su acompañante, si fuere necesario.

Autorizados a circular sin transporte público

Quedarán exceptuadas de las restricciones, pero no tendrán autorización para utilizar el transporte público de pasajeros, las personas que realicen las siguientes actividades y servicios:

Industrias que se realicen bajo procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias.

Retiro de alimentos en locales gastronómicos de cercanía.

Producción y distribución de biocombustibles.

Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.

Servicios esenciales de sanitización, mantenimiento, fumigaciones y manejo integrado de plagas.

Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera. Actividades vinculadas a la protección ambiental minera.

Talleres para mantenimiento y reparación de automotores y motocicletas exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y FFAA, vehículos afectados a las prestaciones de salud y al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente. Talleres para mantenimiento y reparación de bicicletas. Ventas de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas, únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta.

Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

Personas que deban trasladarse para realizar viajes al exterior.

Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio o retiro. En ningún caso podrán abrir sus puertas al público.

Industrias que realicen producción para la exportación.

Habilitaron otro Centro de Testeo en el kartódromo Valentín Lauret

23 de mayo de 2021 · Covid-19; La Región; centro de testeo; coronavirus; kartodromo valentin lauret; pandemia; pico de contagios

A raíz de la preocupante situación sanitaria de nuestra región, el Ministerio de Salud de la Provincia, en conjunto con las municipalidades de Colonia Caroya y Jesús María, llevarán adelante distintas estrategias para intentar frenar la curva de contagios de coronavirus. La Legisladora Paola Nanini, junto al asesor del Ministerio de Salud de la Provincia, Diego Almada, gestionaron y dispusieron la instalación de un centro de testeo en el Autódromo Valentín Lauret de Colonia Caroya que funcionará este domingo 23 de mayo, de 15 a 18; y el lunes 24 y martes 25 de Mayo, de 8:30 a 12:30 y de 15 a 18. Este centro de testeos está orientado a la población en general, pero especialmente a los vecinos de los barrios Malabrigo, Los Álamos, Juan Pablo II, Las Mercedes y Sierras y Parques. Todos los interesados en realizarse un hisopado -antígeno o PCR- deben concurrir con su Documento Nacional de Identidad y podrán ingresar al predio en vehículos, dado que las instalaciones son amplias.

Uno de los planteos que llevó a las autoridades a decidir la apertura de este centro tiene que ver con que un principio fundamental de la atención primaria de la salud en la comunidad es la "accesibilidad" del servicio que, en el caso de estos barrios, no se estaba garantizando porque estaban muy alejados de los centros de testeos dispuestos. Y, al mismo tiempo, se estaba promoviendo una enorme movilización que, en momentos de crecimiento de contagios, está totalmente desaconsejada.