¿Cooperativas de verdad o mera ficción?
A propósito del Día Internacional del Cooperativismo, una aguda reflexión sobre los principios rectores que mueven a las cooperativas.

Por: Prof. Dr. Roberto Bertossi (Experto CoNEAU Cooperativas y Mutuales)
Según un informe del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), Argentina cuenta con 8.618 cooperativas que, a su vez, cuentan con 17.818.197 de asociados.
Vista la enorme importancia de este sector de la economía, resulta ineludible precisar, entonces, cuál es el alcance y el sentido de los principios cooperativos para impedir o truncar irregularidades y desnaturalizaciones, sobre todo cuando involucran recurrentemente a funcionarios públicos, punteros políticos, dirigentes sociales, sindicales, o deportivos, entre otros.

Sirva como ejemplo de lo antedicho, la investigación en Santiago del Estero sobre el senador Gerardo Montenegro a quien acusan de liderar desde las sombras una red de cooperativas que percibió $ 72 millones del gobierno de esa provincia, maniobra en la que también estaría involucrada su esposa.
Por eso, en el Día Internacional del Cooperativismo que se cumple este fin de semana, valga repasar ¿Qué son los principios cooperativos?, ¿Cuáles son?, y ¿Para qué sirven?
Los principios cooperativos son patrones que orientan el ejercicio de la cooperatividad, delimitando la naturaleza personal, democrática y solidaria entre las cooperativas y sus asociados.

La enumeración incluye:
- Membresía: Adhesión y retiro, voluntarios
- Gestión democrática: “Un asociado, un voto”
- Distribución de excedentes y Justicia distributiva: Se consideran excedentes repartibles solo aquellos que provengan de la diferencia entre el costo y el precio del servicio prestado a los asociados; un reparto a prorrata de las operaciones realizadas por éstos últimos con su cooperativa, en otras palabras, la distribución equitativa de dichos excedentes.
- Autonomía e independencia: Este principio preconiza la condición absoluta de que las cooperativas sean constituidas y desarrollen sus actividades a salvo de cualquier interferencia, fundamentalmente político-partidaria o corporativa. La autonomía y la legitimidad son corolarios de la democracia cooperativa.
- Educación cooperativa: Básicamente, consiste en despertar comportamientos cooperativos. Actualmente, son auspiciosos los esfuerzos 2021-2023 que la UNESCO despliega en Sudamérica, generando valor y relacionamientos virtuosos en las escuelas rurales e indígenas de la región, llegando a niñas, niños y jóvenes con las herramientas que el cooperativismo escolar (Leyes 1.420, 16.583, 23.427, 26.206) brinda al fomentar ideas de comunidad y motivación para economías colaborativas atrás de objetivos y emprendimientos comunes con responsabilidad ambiental.
- Cooperación entre cooperativas: Sucintamente, generar economías y satisfacciones de escala.
- Interés por la comunidad.
Esos son los principios y no hay otros. Con la franca adopción de ellos se podrá lograr en cada cooperativista, una cabal conciencia axiológica.
La efectividad de tales principios, está subrogada a la tenacidad en la aplicación conjunta de todos, de manera sistemática, y no en la observancia de uno o de algunos de ellos.

Valoración de los principios cooperativos
Sólo cuando una cooperativa se desenvuelve conforme con ellos, tal autenticidad evitará desvirtuar su esencia mediante irregularidades.
Son el carozo y la simiente de una cooperativa.
Son medios de orientación para asociados (consumidores o usuarios), funcionarios, magistrados, docentes, comunicadores, etc.
Pero, finalmente, si priman las irregularidades o nos sentimos ganados de antemano por dificultades, sospechas e indiferencias provocadas por un cooperativismo reducido a inclusiones meramente semánticas cuando el precio/facturación real de sus bienes y servicios esenciales o el de sus créditos o seguros es más caro o igual que el de las empresas lucrativas, entonces, mejor será no constituir una nueva cooperativa.
Si ya estuviéramos integrando alguna, conformémonos con sus mediocres realizaciones pero no nos engañemos, nostálgicamente, creyendo que ‘hacemos cooperativismo’ ni de que respetamos sus principios cooperativos liminares que, si bien pueden estar formalmente reconocidos en los estatutos y en la ley, en la realidad son pura ficción.