

Este lunes en la Cámara del Crimen de 5ª Nominación de la ciudad de Córdoba comenzará el juicio en contra de D.O.G, un hombre de 66 años, que fue encontrado penalmente responsable de la comisión de numerosos delitos.
La lista de crímenes por los que afrontará juicio son abuso sexual con acceso carnal calificado por el vínculo continuado, promisión a la corrupción de menores, abuso sexual simple calificado continuado, coacción, tenencia ilegal de arma de fuego, y desobediencia a la autoridad.
Se trata de una causa aberrante porque los abusos habrían sido cometidos en perjuicio de dos menores de edad y el presunto autor es el abuelo de ellos.
La detención del hombre se produjo en el mismo edificio de Tribunales en diciembre de 2019, lugar al que había concurrido a preguntar por el estado de la causa que, sabía, tenía en su contra.
En la instrucción que llevó adelante el fiscal Guillermo Monti se arribó a la conclusión, a través de testimonios y de otros peritajes, que el acusado ya tuvo otras conductas abusivas similares en el pasado, siempre en el ámbito intrafamiliar.
Cuando el fiscal Guillermo Monti decidió elevar la causa a juicio, la defensa del imputado apeló, pero tanto el juez de Control Marcelino Morales como la Cámara de Acusación de Córdoba avalaron lo actuado por el fiscal.
Confirmada la elevación a juicio, en el sorteo se dispuso que sea la Cámara 5ª del Crimen la que juzgue. Los vocales serán María Susana Blanc, Guillermo Lucero Offredi, y Alfredo Fernando Villegas. Y la Fiscalía de Cámara estará a cargo de Alejandro Marcelo Fenoll.
El juicio debería haber comenzado en febrero pasado, pero la defensa del imputado solicitó que se postergue.


Deuda argentina con las víctimas de abuso infantil
Valga aclarar que, para nuestra legislación penal vigente, la denuncia sobre abuso sexual tiene un tiempo de prescripción que se contabiliza entre los 4 y los 12 años a partir de que una persona cumple los 18 años. El mayor plazo se establece para los casos más graves y en función del vínculo con las víctimas.
Dicho de otro modo, una víctima podría radicar la denunciar hasta los 30 años de edad en los casos más gravosos. Después de eso, la causa se considera prescripta.
Ésta la razón por la que D.O.G llega a juicio por hechos cometidos solamente contra dos de sus víctimas y no con las víctimas anteriores, más allá de que se dejaron asentados esos antecedentes en la instrucción.
Por razones obvias, la instrucción se llevó en la más absoluta reserva en procura de resguardar la identidad de las víctimas.
Sin embargo, una fuente con acceso a la causa aportó un dato crucial: “Por más que los otros hechos estaban prescriptos le tomamos declaración por esos abusos para repararles el daño, que se sepa qué fue lo que ocurrió, aunque no llegue en juicio y todo quede en un ámbito íntimo”.
En cierto modo, lo que se buscó es que esas víctimas tengan una suerte de desagravio y que el imputado sepa que la Justicia tiene información sobre su conducta abusiva no solo del presente sino del pasado también.